Está destinado a la financiación de las matrículas y pensiones de
educación en todos los niveles, del asociado, su cónyuge y sus hijos, en
establecimientos reconocidos legalmente.
- Interes: La que fije periódicamente la Junta Directiva y que conste en el Acta Respectiva.
- Cupo: Hasta 6 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Plazo:Máximo 24 meses
- Garantías: Ofrecer garantía adecuada, según lo establecido en
éste
Reglamento.
Cada crédito deberá ser garantizado con pagaré, carta de instrucciones y
firmado
por el asociado.
- Requisitos:
- Presentar el recibo con la solicitud de crédito, y si no,
se
gira cheque a la entidad, el asociado en el término de 10 días hábiles a
partir de la
fecha del desembolso, deberá demostrar la inversión de los recursos
otorgados o el
crédito se clasificará como ordinario y la tasa de interés será la de
crédit ordinario incrementado en un punto.
- Para solicitar un nuevo crédito por ésta línea deberá
estar
cancelado mínimo en un 50%.
-
Deberá presentar copias de los recibos de pago, facturas, orden de
matricula
u otros documentos cancelados que permitan verificar la destinación del
mutuo..